Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 275

TÍTULO SEXTO De la acción y de la excepción · CAPÍTULO PRIMERO De la acción

ARTÍCULO 275.

Acción y demanda.

La acción se hace efectiva mediante una demanda formal en los términos del artículo 384 de este ordenamiento.

La demanda es la acción puesta en ejercicio.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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