ARTÍCULO 55.
Controversias funcionales de juzgamiento.
Son conflictos de Poderes o de atribuciones, los que para conocer o para no conocer, surjan entre órganos del Poder Judicial y del Ejecutivo; o, entre el Judicial y el Legislativo locales, los que se ventilarán en consonancia con los artículos 104 fracción IV y 105 fracción I inciso L) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1o, 10, 22, 23, 24 a 50 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del citado artículo 105.