Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 679

TITULO SEGUNDO Juicios sobre propiedad y posesión · CAPÍTULO PRIMERO

ARTÍCULO 679.

Procedencia de juicios sobre posesión definitiva y propiedad.

El vencido en un interdicto de retener o de recuperar la posesión, podrá hacer uso, después, del juicio plenario de posesión, intentar la publiciana, o promover la reivindicatoria.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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