Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 749

TITULO TERCERO Juicios ejecutivos · CAPÍTULO TERCERO Juicio hipotecario

ARTÍCULO 749.

Subsidiaridad de la vía ordinaria para asuntos hipotecarios.

Se tramitará en la vía ordinaria, todo juicio que tenga por objeto la constitución, ampliación, división, registro, extinción, nulidad y cancelación de una hipoteca; así como el pago o prelación del crédito que garantice, cuando en estos dos últimos supuestos no se reúnan los requisitos para la tramitación de la vía especial hipotecaria.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.