ARTÍCULO 998.
Petición de una nueva ejecución forzosa. 275
En caso de que la distribución de la suma obtenida no alcanzare a cubrir el crédito del ejecutante, quedarán sus derechos expeditos para pedir nueva ejecución forzosa por el saldo insoluto.
TITULO PRIMERO De la ejecución forzada · CAPÍTULO QUINTO Periodo final de la ejecución forzosa
ARTÍCULO 998.
Petición de una nueva ejecución forzosa. 275
En caso de que la distribución de la suma obtenida no alcanzare a cubrir el crédito del ejecutante, quedarán sus derechos expeditos para pedir nueva ejecución forzosa por el saldo insoluto.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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