Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango · Durango

Artículo 444

TÍTULO SÉPTIMO DE LOS JUICIOS SUMARIOS Y DE LA VÍA DE APREMIO · CAPÍTULO SEGUNDO DEL JUICIO EJECUTIVO

ARTÍCULO 444. Las sentencias que causen ejecutoria y los convenios judiciales, laudos o juicio de contadores motivarán ejecución si el interesado no intentare la vía de apremio.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de mayo de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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