Artículo 1.149.- Los plazos empezarán a correr al día siguiente de practicada la notificación.
Inicio del plazo común
TITULO SEPTIMO Actos Procesales en Ge neral · CAPITULO VII De los Exhortos y Despachos
Artículo 1.149.- Los plazos empezarán a correr al día siguiente de practicada la notificación.
Inicio del plazo común
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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