Artículo 1.234.- Si la suspensión fue a causa de la falta del representante de una de las partes, no originará prórroga de la suspensión, siendo en su perjuicio la falta de procurador.
Causas de interrupción
TITULO SEPTIMO Actos Procesales en Ge neral · CAPITULO XIV De la Suspensión e Interrupción del Proceso
Artículo 1.234.- Si la suspensión fue a causa de la falta del representante de una de las partes, no originará prórroga de la suspensión, siendo en su perjuicio la falta de procurador.
Causas de interrupción
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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