Artículo 1.29.- La competencia de los Tribunales se determina en razón de grado, materia, cuantía, territorio y prevención.
Requisitos de competencia
TITULO TERCERO Demás Servidores Públicos de la
Artículo 1.29.- La competencia de los Tribunales se determina en razón de grado, materia, cuantía, territorio y prevención.
Requisitos de competencia
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.