Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México
Artículo 2.101
TITULO TERCERO Litigio y Presentación de Documentos · CAPITULO II De la Presentación de Documentos
Artículo 2.101 .- Se entiende que las partes tienen a su disposición los documentos, y deberán acompañarlos a la demanda o contestación, siempre que existan los originales en un protocolo o archivo público del que puedan pedir y obtener copias autorizadas de ellos.
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Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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