Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.111

TITULO CUARTO · CAPITULO I Del Juicio Ordinario

Artículo 2.111 .- Admitida la demanda se correrá traslado de ella a la parte demandada, emplazándola para que la conteste dentro del plazo de nueve días.

Emplazamiento a persona jurídica colectiva

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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