Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México
Artículo 2.152
TITULO CUARTO · CAPITULO IX Del Juicio Ejecutivo
Artículo 2.152 .- El actor desde su demanda puede proponer depositario o interventor, comprobando la solvencia del mismo, a efecto de que desde el embargo sea puesto en posesión de su encargo. El Juez resolverá esta cuestión desde el auto de ejecución.
Citación para sentencia
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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