Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.176

TITULO QUINTO Vía de Apremio · CAPITULO I De la Ejecución de las Sentencias

Artículo 2.176.- El proyecto de partición, quedará a la vista de los interesados, por seis días, para que formulen sus objeciones, las que se tramitarán incidentalmente. El Juez al resolver hará las adjudicaciones.

Infracción a sentencia condenatoria a no hacer

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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