Artículo 2.191.- El derecho de designar los bienes que han de embargarse, corresponde al deudor o a la persona con quien se entienda la diligencia, sólo que no lo haga, pasará ese derecho al actor.
Allanamiento de la diligencia de embargo
TITULO QUINTO Vía de Apremio · CAPITULO II Del Embargo
Artículo 2.191.- El derecho de designar los bienes que han de embargarse, corresponde al deudor o a la persona con quien se entienda la diligencia, sólo que no lo haga, pasará ese derecho al actor.
Allanamiento de la diligencia de embargo
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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