Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 2.265

TITULO SEXTO Procedimientos Especiales · CAPITULO I De las Tercerías

Artículo 2.265.- Con el escrito inicial del tercero coadyuvante se dará traslado a las otras partes por tres días, para que expresen lo que a sus intereses convenga.

Fundamento de las tercerías excluyentes

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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