Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.65

TITULO SEGUNDO · CAPITULO V De la Administración y la Rendición de Cuentas

Artículo 4.65.- El albacea, dentro de los quince días de aprobado el inventario, presentará proyecto de distribución provisional bimestral de los productos de los bienes hereditarios, que tenga en administración.

Vista con el proyecto

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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