Código Procesal Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 364) · Guerrero

Artículo 353

TITULO TERCERO · CAPITULO XV CITACION PARA SENTENCIA

Artículo 353.- Efectos de la citación. La citación para sentencia produce los siguientes efectos:

I. Suspende el impulso procesal de las partes hasta que se dicte, salvo los casos expresamente previstos por la Ley;

II. Sujeta al juzgador a dictarla dentro del plazo ordenado por la Ley; y

III. Impide que se promuevan recusaciones u otras cuestiones incidentales, salvo el caso de excepción previsto en el artículo 152.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.