ARTÍCULO 485.- La ampliación del embargo no suspende el recurso de la ejecución.
Artículo 485
TÍTULO SEXTO · CAPÍTULO VI
Última reforma de esta ley incorporada: 3 de diciembre de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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