Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 391

TITULO QUINTO Del juicio ordinario · CAPITULO III De la prueba

Artículo 391. Para las diligencias que tengan que practicarse en otro juzgado, fuera del lugar del juicio, podrán las partes nombrar persona que en su representación asista a ellas, haga que se presenten los testigos, si se trata de esa prueba, y acuda a cuanto exija el cumplimiento de las mismas; esa designación se hará constar en el escrito en que se haga la promoción y se insertará en el recado que al efecto se libre. En tal caso el juez o tribunal requerido señalará día y hora en que haya de practicarse la diligencia, citando a la persona o personas designadas, si fueren vecinas de la localidad y estuvieren presentes, o si se hubieren presentado en ella; en caso contrario, la diligencia, si fuere posible, se llevará a efecto sin esa citación, lo mismo que cuando citadas aquéllas no cucurrieren (sic) al juzgado el día y hora fijados.

(REFORMADO, P.O. 15 DE JUNIO DE 1981)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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