Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 58

TITULO PRIMERO Reglas generales · CAPITULO II De las actuaciones judiciales

Artículo 58. Lo dispuesto en la fracción III del artículo 47 se observará también respecto de los escritos en que se opongan excepciones de compensación y de reconvención, de los que se promueva algún incidente y en general de todo escrito del que deba darse traslado.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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