Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán · Michoacán

Artículo 684

TITULO SEXTO De los juicios sumarios · CAPITULO IV De los interdictos

Artículo 684. Contra el auto que deniegue cualquiera de las medidas cautelares o el secuestro de que trata este capítulo, se admitirá el recurso de queja. Contra el que los decrete no cabe recurso.

(REFORMADO, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1964)

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.