Código Procesal Civil para el Estado de Morelos · Morelos

Artículo 363

TITULO PRIMERO · CAPITULO I

ARTICULO 363.- De los documentos que deben acompañarse al contestar la demanda. Al escrito de contestación se agregarán: I.- Los documentos que acrediten la legitimación, el mandato o la representación del que comparece en nombre de otro; II.- La documental en que se funden las excepciones y defensas del demandado; la compensación o reconvención y los que pretenda utilizar como medios de prueba; y, III.- Copias simples del escrito de contestación y de los demás documentos para que se corra traslado al actor.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2024. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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