Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 148

TITULO PRIMERO JUICIO ORDINARIO · CAPITULO I

ARTÍCULO 148 .- Los efectos de la presentación de la demanda son:

I.- Señalar el principio de la instancia;

II.- Determinar el valor de las prestaciones exigidas cuando no pueda referirse a otro tiempo;

III.- Fijar el momento para cuantificar los valores que deben tomarse en cuenta para determinar la competencia del Juez en razón de la cuantía;

IV.- Interrumpir la prescripción, si no lo está por otros medios.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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