Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 636

TITULO NOVENO De los juicios en rebeldía · CAPITULO II Procedimiento cuando se presente el rebelde

Artículo 636.- Las tercerías coadyuvantes pueden oponerse en cualquier juicio, sea cual fuere la acción que en él se ejercite y cualquiera que sea el estado en que éste se encuentre, con tal de que aún no se haya pronunciado sentencia que cause ejecutoria. 103

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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