Artículo 782.- El Ministerio Público, mientras no se haga la designación de albacea provisional, tendrá la obligación de promover cuanto fuere conducente a la seguridad, conservación y fomento de los bienes.
Artículo 782
TITULO DÉCIMO · CAPITULO III De los intestados
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.