Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 912

TITULO DÉCIMO · CAPITULO III De la enajenación de bienes de menores o

Artículo 912.- Para recibir dinero prestado en nombre del menor o incapacitado necesita el tutor la conformidad del curador y del consejo de tutelas y después de la autorización judicial.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.