Artículo 388.- Contestados los agravios o transcurrido el término concedido para ello, sin que se contesten, el Juez remitirá de oficio al Tribunal de alzada el expediente principal y el de apelación.
Artículo 388
CAPÍTULO DUODÉCIMO R RE EC CU UR RS SO OS S
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.