Artículo 584.- Contra la sentencia definitiva procede el recurso de apelación en ambos efectos. En contra de las resoluciones de trámite no procederá ningún medio de impugnación.
Artículo 584
CAPÍTULO SEGUNDO EL JUICIO ORAL SUMARÍSIMO
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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