Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1016

Artículo 1016. Contra las sentencias de los jueces menores no habrá más recurso que el de responsabilidad. (Ref. P. O. No. 61, 25-XI-11)

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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