Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 234

TÍTULO PRIMERO DE LA DEMANDA Y CONTESTACIÓN · CAPÍTULO PRIMERO DE LA DEMANDA

Artículo 234.- Los efectos de la presentación y admisión de la demanda serán los siguientes:

I.- Señalar el principio de la instancia;

II.- Determinar el valor de las prestaciones exigidas, cuando no puede referirse a otro tiempo, y

III.- Interrumpir la prescripción si no lo está por otros medios.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.