Artículo 384.- Dentro del término señalado en el artículo 378 para presentarse al Supremo Tribunal a continuar el recurso, podrán reclamar las partes la calificación del grado cuando estimen que la apelación fue mal admitida.
Artículo 384
TÍTULO CUARTO IMPUGNACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES · CAPÍTULO TERCERO DE LA APELACIÓN
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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