Artículo 563.- En los juicios sobre nulidad de matrimonio, los cónyuges menores de edad necesitan de un tutor para litigar. La demanda será suscrita también con la firma del menor y con la huella dígito-pulgar derecha del mismo, quien la ratificará en la presencia judicial.
Artículo 563
TÍTULO TERCERO JUICIOS SOBRE CUESTIONES FAMILIARES Y ESTADO · CAPÍTULO TERCERO NULIDAD DEL MATRIMONIO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.