Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Tabasco
Artículo 404
TITULO SEGUNDO FORMAS DE EJECUCION
ARTÍCULO 404.- Oposición de terceros a la ejecución.
La oposición de terceros que aleguen derechos de dominio o de preferencia sobre los bienes embargados, o que resulten afectados por la ejecución, se substanciarán en la forma prevista para las tercerías.
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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