ARTÍCULO 53.- Documentos que deberán acompañar a la demanda.
Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificado o testimonio que contenga:
I.- La resolución en que se suponga causado el agravio;
II.- Las actuaciones que en concepto de la parte conduzcan a demostrar la infracción de la ley, o del trámite o solemnidad inobservados, y la constancia de que oportunamente se interpusieron los medios de impugnación procedentes; y
III.- La sentencia o resolución firme que haya puesto término al juicio.