Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 53

TITULO TERCERO JURISDICCION Y COMPETENCIA · CAPITULO IX RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES

ARTÍCULO 53.- Documentos que deberán acompañar a la demanda.

Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificado o testimonio que contenga:

I.- La resolución en que se suponga causado el agravio;

II.- Las actuaciones que en concepto de la parte conduzcan a demostrar la infracción de la ley, o del trámite o solemnidad inobservados, y la constancia de que oportunamente se interpusieron los medios de impugnación procedentes; y

III.- La sentencia o resolución firme que haya puesto término al juicio.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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