Artículo 1474.- El extracto de la demanda se publicará también, durante diez días, en la Oficina del Registro Civil donde se haya levantado el acta de que se trate.
Artículo 1474
TITULO DECIMO JUICIOS HEREDITARIOS · CAPITULO XV Rectificación de actas del estado civil
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ofstlaxcala.gob.mx.
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