Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 336

TITULO TERCERO DE LOS ALEGATOS Y LA SENTENCIA · CAPITULO I ALEGATOS Y CITACION PARA SENTENCIA

ARTICULO 336.- Las sentencias deberán contener:

I. La fecha en que se dicte;

II. Los nombres de las partes y los de sus representantes o patronos;

III. Una relación sucinta del negocio por resolver;

IV. Los fundamentos legales del fallo, y

V. Los puntos resolutivos.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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