ARTÍCULO 5.- Principio de Jurisdiccionalidad.- La pena o la medida de seguridad serán impuestas por resolución de autoridad judicial competente, mediante proceso seguido ante los Tribunales previamente establecidos.
Artículo 5
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de febrero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.
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