Artículo 137.- El indulto no puede concederse sino tratándose de sanción impuesta en sentencia irrevocable.
Requisitos.
TÍTULO SEXTO EXTINCIÓN DE LA POTESTAD PUNITIVA · CAPÍTULO VII
Artículo 137.- El indulto no puede concederse sino tratándose de sanción impuesta en sentencia irrevocable.
Requisitos.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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