Código Penal del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 266

TÍTULO SÉPTIMO DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO · CAPÍTULO XI

Artículo 266.- A quien simule encontrarse privado de su libertad con amenaza de su vida o daño a su persona, con el propósito de obtener un rescate o con la intención de que la autoridad o un particular realice o deje de realizar un acto cualquiera, se le impondrá de cuatro a doce años de prisión y de ciento sesenta a trescientos veinte días multa. Las mismas penas se aplicarán a cualquiera que colabore en la comisión de este delito. 73

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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