Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Jalisco

Artículo 257

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VIII Delitos relacionados con la capacidad pecuniaria de las

Artículo 257 . La reparación del daño proveniente de los delitos previstos en este capítulo será regulada en la sentencia de gradación del concurso.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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