Artículo 32. Concepto y duración
El tratamiento en libertad de imputables consiste en la reinserción social del sentenciado con la orientación y cuidado de la autoridad ejecutora bajo la capacitación, trabajo, educación, deporte y salud o de cualquier otra índole autorizada, por la ley.
Esta consecuencia jurídica podrá imponerse como pena autónoma o sustitutiva de la prisión, sin que su duración pueda exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida.