ARTÍCULO 239.- Para los efectos de este capítulo se consideran ilícitos los juegos, prohibidos por el artículo 151 de la Constitución Política Local y los que determinan los reglamentos respectivos expedidos por las Autoridades Administrativas Superiores del Estado.
Artículo 239
TITULO DECIMO · CAPITULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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