ARTÍCULO 84.- En el caso de autoría indeterminada, se impondrá como pena hasta las tres cuartas partes de la correspondiente al delito que se trate y de acuerdo a la modalidad respectiva, en su caso.
Artículo 84
TÍTULO CUARTO APLICACIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · CAPÍTULO VII PUNIBILIDAD EN CASO DE CONCURSO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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