ARTICULO 33.- En orden de preferencia, tienen derecho a la reparación del daño:
I.- La victima y/o el ofendido, y Fracción reformada POE 30-11-2010
II.- Las personas que dependan económicamente de la víctima o del ofendido o tengan derechos a alimentos conforme a la Ley. Si las personas que tienen derecho a la reparación de daños y perjuicios renunciaran a ella o no cobran la reparación del daño, su importe se aplicará en favor de la administración de justicia.
Fracción reformada POE 30-11-2010