Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas
Artículo 96
TÍTULO SEXTO DE LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES · CAPÍTULO VII BASES PARA IMPONER LA SANCIÓN SEGÚN EL MONTO
ARTÍCULO 96.- En las resoluciones de orden económico que dicten los Jueces, se tomará en cuenta, cuando proceda el concepto de la Unidad de Medida y Actualización.
Se considerará lo anterior para condenar, en su caso, por el equivalente que corresponda en dinero.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.