Artículo 24.-Existe ausencia de conducta cuando la actividad o inactividad del agente activo son involuntarias.
La atipicidad es la inexistencia de alguno de los elementos de la descripción legal.
TÍTULO II EL DELITO · CAPÍTULO III
Artículo 24.-Existe ausencia de conducta cuando la actividad o inactividad del agente activo son involuntarias.
La atipicidad es la inexistencia de alguno de los elementos de la descripción legal.
Fuente oficial: legisver.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.