Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 67

TÍTULO III DE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO · CAPÍTULO VII TRABAJO EN FAVOR DE LA COMUNIDAD Y DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO

Artículo 67.-La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos, funciones o empleos; la privación, en la pérdida definitiva de éstos; la inhabilitación en la suspensión temporal o definitiva para obtenerlos o ejercerlos; y la destitución, en la pérdida del empleo, cargo o comisión que se desempeñe en el servicio público.

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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