Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 97

TÍTULO IV APLICACIÓN DE SANCIONES · CAPÍTULO VIII LIBERTAD CONDICIONAL

Artículo 97.-Para asegurar el cumplimiento de las condiciones impuestas, al conceder la suspensión condicional, el juez ordenará medidas precisas de vigilancia.

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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