Artículo 97.-Para asegurar el cumplimiento de las condiciones impuestas, al conceder la suspensión condicional, el juez ordenará medidas precisas de vigilancia.
Artículo 97
TÍTULO IV APLICACIÓN DE SANCIONES · CAPÍTULO VIII LIBERTAD CONDICIONAL
Fuente oficial: legisver.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.