Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 99

TÍTULO V EXTINCIÓN PENAL · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES

Artículo 99.-La pretensión punitiva y la potestad para ejecutar las penas y medidas de seguridad se extinguen por:

I. Cumplimiento de las penas o medidas de seguridad;

II. Muerte del inculpado o sentenciado;

III. Amnistía;

IV. Perdón en los delitos de querella;

V. Rehabilitación;

VI. Indulto;

VII. Reconocimiento de la inocencia del sentenciado; VIII. Prescripción;

IX. Supresión del tipo penal; o

X. Conclusión de tratamiento de inimputables.

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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