Artículo 103. Resistencia a la pericial genética
En caso de inasistencia injustificada a la toma de muestras, o de no brindar en el acto su colaboración, se hará constar esa circunstancia y se tendrán por ciertos los hechos que se pretenden acreditar con dicha probanza.
La prueba podrá ser negada y la presunción desvirtuada en los casos previstos por la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza. 21
En el desconocimiento de paternidad o maternidad, la presunción anterior no aplica. En este supuesto, se deberá agotar como acto previo la aplicación de medidas de apremio que la autoridad judicial estime conducentes.